Certera y magnifica
editorial del día de hoy en el prestigioso diario EL PAIS, sobre la decisión del Tribunal
de Schleswig-Holstein (Alemania) de dejar en libertad al huido
de la justicia española ex presidente de la Generalitat de Catalunya, señor Carles Puigdemont. Éste fue previamente detenido por la policía, en
la localidad de Schuby (Alemania) con motivo de haberse
reactivado por el Juez del Tribunal
Supremo, Sr. Llarena, la
euroorden de su arresto y entrega.
Por entender que la editorial puede ser del interés de nuestros seguidores lo incluimos en nuestro blog, elblogdefcosvi.
Por entender que la editorial puede ser del interés de nuestros seguidores lo incluimos en nuestro blog, elblogdefcosvi.
‘Procés’ ilegal y violento
El tribunal alemán ni
absuelve a Puigdemont ni legitima el secesionismo
Editorial
EL PAÍS
07/04/2018
La decisión del Tribunal de Schleswig-Holstein de inadmitir la petición de entrega a España del expresident de la
Generalitat Carles Puigdemont por el
delito de rebelión no equivale, como han pretendido algunos, a un veredicto
incriminatorio sobre la democracia española, su Estado de derecho ni sus instituciones judiciales. Tampoco puede
ser leída como una absolución, total o parcial, de los líderes independentistas
actualmente encausados por el Tribunal Supremo
y, por supuesto, menos aún como una legitimación de las gravísimas actuaciones
por ellos desarrolladas en los funestos meses de septiembre y octubre del
año pasado.
Esa lectura no es posible
porque, como el propio tribunal
alemán ha explicado, queda acreditado no solo que hubo violencia, sino que “los actos violentos” del 1-O “se pueden imputar al acusado en cuanto iniciador y defensor de la
celebración del referéndum”. Cuestión distinta es que el tribunal no aprecie que el grado de
violencia atribuible a Puigdemont
fuese tan abrumador como para obligar al Gobierno
a “capitular” ante sus exigencias,
que sería el requisito de gravedad que en Alemania
convertiría el delito español de rebelión en el alemán de alta traición y que
permitiría franquear así la euroentrega. En consecuencia, el tribunal ha estimado que los delitos no
son equivalentes, como exige la Decisión
Marco de 2002 que regula la euroorden, no que el delito no existiera en España de acuerdo con la legislación
española.
Tampoco valida el Tribunal los argumentos de Puigdemont respecto a la comisión de “persecución política” en España, dejando así al descubierto la
falsedad de la afirmación —que éste volvió a repetir a la salida de la prisión—
sobre la existencia de presos políticos en España.
No hay por tanto sustento en los intentos de Puigdemont y los suyos de autoabsolverse valiéndose del
pronunciamiento del tribunal alemán,
ni tampoco queda expedita la vía para un retorno de Puigdemont a la Presidencia de la Generalitat.
Es cierto que la causa en Tribunal Supremo queda en una posición
difícil, pero no imposible, pues el juez Llarena
tiene ante sí varias vías de actuación, incluyendo el planteamiento de una
cuestión prejudicial ante el Tribunal de
Justicia de la Unión Europea que permita verificar si los jueces alemanes
han aplicado correctamente el mecanismo de la euroorden.
Pero más allá del curso
judicial que siga el proceso, ni Puigdemont
ni los independentistas van a lograr cambiar los hechos que caracterizan su
gravísimo proceder, su deslealtad a la democracia, a la Constitución española, a las instituciones del autogobierno catalán
y, en definitiva, a los ciudadanos de este país, cuyos derechos políticos han
lesionado de forma deliberada en su empeño de promover un proceso de secesión
ilegal y de ruptura de nuestro país.
Esos hechos son claros y
están a la vista de todos. Incluyeron derogar la Constitución y el Estatut;
elevar unas leyes sediciosas votadas por medio Parlament a sustitutos de esas normas supremas; y hacerlo desobedeciendo
a los tribunales y sin la concurrencia de mayoría cualificada, y por métodos
que privaron a la oposición (que
representa a más de la mitad de los catalanes) de sus funciones
representativas y de control. Todo ello constituyó un golpe de Estado que no
solo merece condena política sino reprobación judicial aunque corresponda a los
tribunales establecer los tipos de aplicación concretos.
Independientemente de su
calificación judicial, el procés tuvo un carácter violento: hubo usos indebidos
y exorbitantes de la fuerza: hubo obstrucción física de la Justicia;
destrucción de vehículos policiales; ocupación ilegal de carreteras;
obstaculización de vías férreas con peligro para la integridad de los propios
actuantes; intimidaciones y escraches contra personas, partidos y asociaciones
considerados rivales o enemigos; violencia sobre objetos callejeros; y
actuaciones del Govern y de la
policía autonómica tendentes a facilitar algunos de esos abusos. Y sobre todo,
fue un proceso presidido por la coacción, pues se violó la ley de forma
sistemática para intentar imponer a la ciudadanía, desde la calle y desde las
instituciones, una secesión unilateral, ilegal y obligatoria.
El secesionismo catalán
pretendió situar al Estado ante el
dilema de desbordar al Estado y
forzarle a allanarse ante una independencia impuesta de forma ilegal; o bien
emprender una actuación extrema cuyos perfiles sirviesen para autoinfligirse
descrédito y un alto coste reputacional. Como carecía del apoyo de la mayoría
social, el movimiento independentista pretendió imponerse por la vía de los
hechos consumados. Una vía que, pese a algunas autocríticas, todavía no ha
desechado de forma clara ni rotunda.
Ni el tribunal alemán ni la propaganda independentista pueden cambiar
esos hechos, que son ya parte de la historia de los españoles y su lucha por
mantener la democracia. La democracia española ha sido sometida a una dura
prueba y ha estado en grave peligro. Pero su Estado de derecho y sus instituciones judiciales funcionan.