Francesc de Carreras Serra (Barcelona,
1943) es un jurista y articulista
español, catedrático de Derecho
Constitucional en la Universidad Autónoma de Barcelona. Colaborador de
diarios como El País, El Periódico de Cataluña y La Vanguardia. Miembro del consejo de
redacción de diversas revistas científicas: Revista Española de Derecho Constitucional, Revista de Estudios Políticos, Revista
Europea de Derechos Fundamentales, Revista
de Derecho Constitucional Europeo y Revista
Catalana de Dret Públic. Fue secretario general de la Universidad Autónoma de Barcelona (1980-1981) y director del Departamento de Ciencia Política y Derecho
Público en la Facultad de Derecho
de la dicha universidad (2001-2004).
Francesc de Carreras publica hoy en el prestigioso diario El País, un muy interesante y acertado artículo
de opinión, por considerar que puede ser del interés de nuestros seguidores, lo
incluimos en elblogdefcosvi
Francesc de Carreras
COLUMNA
de el diario EL PAÍS
¿Fue
un golpe de Estado?
Los
jueces alemanes sostienen que una rebelión es algo mucho más serio aunque les
falten elementos fácticos para sostenerlo
Por:
Francesc de Carreras
11/04/2018
El tribunal alemán que con
su resolución puso en libertad a Puigdemont
parece que se excede en sus funciones de cooperación judicial, en el marco
de una euroorden, al entrar a juzgar, sin tener conocimientos suficientes, si
los hechos acaecidos son constitutivos de un delito de rebelión. Con la lectura
de la resolución se hace evidente que ignora si existía una trama golpista
dirigida por las autoridades catalanas, algo que, si bien ahora pueda intuirse,
sólo tendrá certeza jurídica probatoria tras las averiguaciones judiciales en
curso.
Pero, más allá de su
significado jurídico, los jueces alemanes expresan una posición muy común. Es
aquella que suele caricaturizarse con palabras como “no tenía valor alguno”,
“era puro teatro” y la reacción judicial española es desproporcionada respecto
a la realidad de los hechos. En definitiva, los jueces alemanes vienen a sostener que una rebelión es algo más serio aunque les falten elementos fácticos para sostenerlos.
¿Pueden tener razón? De
momento el juez instructor español está acumulando pruebas tras prolijas
investigaciones sobre la realidad de lo acontecido en Cataluña. Al completar la instrucción podrá dar su versión de los
hechos de acuerdo con el resultado de sus pesquisas. Ahí es donde el tribunal
alemán se ha extralimitado. ¿Cómo puede emitir un juicio sobre el fondo del
asunto si sus conocimientos son todavía tan escasos? Precisamente, la euroorden
como instrumento de cooperación judicial está basada en el principio de la
confianza mutua, no en la desconfianza entre jueces que obliga a revisar los
hechos comprobados por el tribunal español.
Que el juez alemán haya
emitido una resolución en tan poco tiempo sería normal si admitiera el tipo de
delito y las razones del juez español. Ahora bien, la rapidez en contestar
apreciando los hechos de forma distinta indica ciertos prejuicios al tratar el
asunto y desconfianza respecto a su homólogo español, algo que va contra la
idea misma de la euroorden.
Haber aportado como
razonamiento que “los actos violentos producidos el día de la votación […]no
fueron suficientes para presionar al Gobierno de tal modo que este se viera
forzado a capitular ante las exigencias de los violentos”, como dice la
resolución, casi mueve a risa. Con este razonamiento, tampoco la violencia de
Tejero y Milans del Bosch el 23-F fue suficiente para que el Estado capitulara
ante sus exigencias y, sin embargo, nadie puso en duda que los acontecimientos
de aquel día fueron un golpe de Estado.